Autonomía municipal: Nuevo fallo de la Corte Suprema

La Corte Suprema de Justicia de la Nación se pronunció nuevamente sobre el contenido y alcance de la autonomía municipal (VER FALLO COMPLETO). Al hacer lugar al planteo efectuado por el Intendente de la Ciudad de La Rioja, señaló que la omisión del dictado de la ley de coparticipación municipal prevista en los artículos 168 y 173 de la Constitución de la Provincia lesiona la efectiva vigencia de la autonomía de los municipios y precisó que los poderes constituidos deben respetar el grado de autonomía asignado a los diferentes niveles de gobierno y  proveer los recursos para efectivizarla.
El Máximo Tribunal desestimó que pueda tratarse de una “cuestión política no justiciable” y que, transcurridos 16 años de vigencia de la cláusula constitucional, la «falta de acuerdos políticos» pueda constituir una justificación válida para tal omisión. En sus propias palabras, «es incuestionable que la omisión del dictado de la ley que coparticipa fondos entre los municipios lesiona el diseño mismo establecido por el constituyente, y que por esa vía la provincia traspone los límites de lo racional y razonable para la vigencia efectiva de la autonomía municipal». 
La situación de las Comunas de la Ciudad de Buenos Aires:

Algunos fallos del fuero CAyT porteño sobre control de omisiones legislativas:

 

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