La Corte Suprema reconoció legitimación a las asociaciones para litigar por los derechos de incidencia colectiva de las personas con discapacidad

Consolidando el similar temperamento adoptado en su momento por la jurisprudencia del fuero CAYT porteño (ver AQUÍ y AQUÍ), la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto una sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal que, a su vez, había confirmado el rechazo in limine de la acción por falta de legitimación activa. El  Máximo Tribunal entendió que, en el caso, aun cuando podría haberse considerado que el interés individual valorado aisladamente hubiera justificado la promoción de demandas individuales, el incuestionable contenido social del derecho invocado y la particularidad de los grupos involucrados en la causa —objeto de preferente tutela por su condición de vulnerabilidad— han puesto en evidencia la presencia de un fuerte interés estatal en su protección y justifican, a fin de garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva, reconocer legitimación a la asociaciones actoras.
Ver texto completo del fallo de la CSJN
Antecedentes en la Ciudad de Buenos Aires:
Ver fallo del Tribunal Superior de la Ciudad (noviembre 2009)
Ver fallo de  la Sala 2 CAYT (febrero 2007)

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