La Sala I de la Cámara de Apelaciones CAYT revocó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar al amparo interpuesto contra la decisión del Gobierno porteño de instaurar un 0800 destinado a denunciar «intromisiones políticas» en los establecimientos educativos porteños. El voto de los Dres. Mariana Díaz y Esteban Centanaro concluye que «en el plano del control preventivo instado en autos, el menoscabo al derecho a no ser discriminado no ha quedado acreditado»; en tanto que la disidencia del Dr. Carlos F. Balbín, declara la «ilegitimidad de las disposiciones (…) y ordena al GCBA que se abstenga de dar curso disciplinario a las denuncias recibidas por medio del ‘Sistema de Atención Telefónica’.
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