Primer fallo de la CSJN en materia de "acceso a la información pública"

En el día de la fecha, la CSJN emitió su primer pronunciamiento (texto completo del fallo de la CSJN, AQUÍ) específico en materia de derecho de acceso a la información pública (en adelante, DAIP). En este sentido, rechazó el recurso extraordinario interpuesto por el PAMI y confirmó la sentencia de Cámara que le ordenaba suministrar información relativa al presupuesto en concepto de «publicidad oficial» de dicho organismo relativo al año 2009 y a la inversión publicitaria de dicha institución, que había sido solicitada por la Asociación por los Derechos Civiles (ADC).
La CSJN aprovechó la ocasión para dejar explicitados los principios convencionales y constitucionales que rigen en la materia («máxima divulgación», etc.), en sintonía con la jurisprudencia de la Corte Interamericana (caso Reyes) y la posición de otros organismos internacionales (Informe Especial sobre el DAIP, Relatoría OEA).
Cabe resaltar, asimismo que el pronunciamiento del Máximo Tribunal viene a ratificar asimismo las líneas jurisprudenciales existentes los fueros federal y contencioso porteño.
Para un panorama completo de la jurisprudencia y legislación en materia de DAIP en la Ciudad de Buenos Aires,  ver la obra auspiciada por nuestra Asociación, «Acceso a la información pública en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires», Buenos Aires, Ad Hoc, 2012 (AA.VV., Aurelio L. Ammirato, Maximiliano Campos Ríos, Ariel R. Caplan, M. Claudia Caputi, María Angélica Gelli, Andrés Gil Domínguez, Gustavo Maurino, Alberto Meza, Mario Rejtman Farah, Guillermo Scheibler y Leonardo Toia).

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